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Parada 3: En caso de accidente

Parada 3: En caso de accidente

En la parada anterior hemos estudiado los riesgos que podemos encontrarnos en la ruta, y definíamos un riesgo laboral como la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Por lo tanto, la materialización de ese riesgo en un daño tiene su causa en un accidente, entendido este en sentido amplio.

Señal de salvamento o socorro
Imagen de PxHere. Señal de salvamento o socorro (CC0)

En esta parada estudiaremos lo que ocurre en caso de accidente, en el caso de que el trabajador o trabajadora sufra daños derivados del trabajo y las actuaciones que deberemos realizar en este caso, así como las situaciones de emergencia que pueden darse en el lugar de trabajo.

En nuestros viajes solemos contratar un seguro de viaje que cubra las incidencias que puedan ocurrir. Pues bien, en nuestro itinerario profesional disponemos de uno gratuito y es la cobertura de la Seguridad Social a todas las personas trabajadoras, si bien para tener acceso a algunas prestaciones es obligatorio haber cotizado previamente, lo que quiere decir haber aportado una cantidad de dinero durante un periodo de tiempo determinado. Si tenemos un accidente, sea o no laboral, o una enfermedad común o profesional, tendremos la cobertura gratuita de la Seguridad Social, por ello analizaremos las prestaciones a las que tenemos derecho en cada caso.

Estructura de los recursos de PRL

El bloque de contenidos de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) se desarrolla en dos recursos, en las Paradas 2 y 3.

El Anexo IV del RD 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional  (Currículo básico de los módulos profesionales itinerario personal para la empleabilidad I y II) establece un único Resultado de Aprendizaje (2) para IPE I referido a la PRL, que está redactado como sigue: "Alcanza las competencias necesarias para la obtención del título de Técnico Básico en Prevención de Riesgos Laborales".

Por ello, para el desarrollo de los contenidos de este bloque nos hemos basado en el Anexo IV del Reglamento de los Servicios de Prevención que establece el "contenido mínimo del programa de formación para el desempeño de las funciones de nivel básico".

Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo. Parada 2
El trabajo y la salud: los riesgos profesionales. Parada 2
Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales. Derechos y deberes básicos en esta materia. Parada 2

Riesgos generales y su prevención:

  • Riesgos ligados a las condiciones de seguridad
  • Riesgos ligados al medio-ambiente de trabajo

Riesgos específicos y su prevención en el sector correspondiente a la actividad de la empresa.

Parada 2 - Guía de viaje

Daños derivados del trabajo. Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Otras patologías derivadas del trabajo. Parada 3
La carga de trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboral. Parada 3
Sistemas elementales de control de riesgos. Protección colectiva e individual. Parada 2
Planes de emergencia y evacuación. Parada 3 - Guía de viaje
Primeros auxilios. Parada 3 - Guía de viaje
El control de la salud de los trabajadores. Parada 3

Elementos básicos de gestión de la prevención de riesgos:

  • Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo
  • Organización del trabajo preventivo: «rutinas» básicas
  • Documentación: recogida, elaboración y archivo
Parada 3

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