El plan de recuperación
Desde 1982 es obligatorio en España que cualquier explotación de recursos geológicos cuente con un plan de recuperación ambiental. El objetivo de estos planes es que la zona explotada no se abandone al finalizar la explotación, sino que la empresa encargada de la explotación se encargue también de su posterior recuperación. Este plan debe contener, entre otras cosas, qué actuaciones concretas se van a llevar a cabo tras el cese de la actividad extractiva para proceder a la restauración de la zona explotada.
La primera ley que existe de este tipo en España es el Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, sobre restauración de espacio natural afectado por actividades mineras. Aunque esta norma concreta está derogada, ha ido siendo sustituida por normas más modernas y actualizadas.